Memorandum 118-2022
26 de Agosto
SEGURIDAD SOCIAL
SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL - INCREMENTO
Se incrementa el monto salario mínimo, vital y móvil (SMVM), para trabajadores mensualizados a jornada completa y jornalizados por hora, en forma escalonada, para los meses de setiembre a noviembre del corriente año
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, mediante la Resolución (CNEPSMVM) 11/2022 (B.O. 26/08/2022) incrementa el salario mínimo, vital y móvil (SMVM), para trabajadores mensualizados, a jornada completa y jornalizados por hora, en forma escalonada, de acuerdo al siguiente cronograma:
Desde |
Mensual |
Jornalizados por hora |
Setiembre 2022 |
$ 51.200,00 |
$ 256,00 |
Octubre 2022 |
$ 54.550,00 |
$ 272,75 |
Noviembre 2022 |
$ 57.900,00 |
$ 289,50 |
La misma norma aumenta los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
Desde |
Mínimo |
Máximo |
Setiembre 2022 |
$ 14.222,00 |
$ 23.704,00 |
Octubre 2022 |
$ 15.153,00 |
$ 25.254,00 |
Noviembre 2022 |
$ 16.083,00 |
$ 26.805,00 |
Recordamos que el ajuste del salario mínimo vital y móvil tiene un impacto en las cuentas públicas, porque algunos programas sociales como el Potenciar Trabajo, el 82% móvil para los jubilados con aportes completos que cobren la jubilación mínima, entre otros, dependen de la variación del piso de remuneraciones establecido por el SMVM.
Vigencia: 26/08/2022
Aplicación: Desde el 1/09/2022
IMPUESTOS LOCALES (CIUDAD DE BUENOS AIRES)
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN SIMPLIFICADO. CONTRIBUYENTES JOVENES
La Ciudad de Buenos Aires dispone que se aplicará una bonificación de hasta el 100% del impuesto sobre los ingresos brutos para los nuevos contribuyentes, de entre 18 y 29 años.
Mediante la Ley N° 6556 (B.O. 25/08/2022) la Ciudad de Buenos Aires, establece lo siguiente:
Bonificación a contribuyentes jóvenes del Régimen Simplificado:
-El Ministerio de Hacienda y Finanzas aplicará una bonificación de hasta el cien por ciento (100%) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los nuevos contribuyentes, de entre dieciocho (18) y veintinueve (29) años, que inicien y mantengan actividades dentro de la Categoría Régimen Simplificado, durante los primeros veinticuatro (24) meses desde su alta.
-La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos definirá el procedimiento y los requisitos exigidos a fin de hacer efectiva la bonificación establecida en la presente Ley.
Vigencia: 25/08/2022