Memorandum 086-2023
PROCEDIMIENTO FISCAL
FACTURACIÓN. IDENTIFICACIÓN DEL CONSUMIDOR FINAL. ACTUALIZACIÓN DE LOS MONTOS
AFIP publica en su página “web” los nuevos montos de las operaciones a partir de los cuales se debe identificar al consumidor final.
Los nuevos montos dados a conocer por la Administración Federal de Ingresos Públicos, son los siguientes:
-Debe identificarse al adquirente en operaciones de ventas minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 92720.- o cuando la operación sea por un importe superior a $ 46360 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizado.
-Deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea “comercialización mayorista”, salvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 46360 y sea cancelada por medios electrónicos (tarjetas de crédito o de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina).
La información que deberá detallarse es la siguiente:
- Apellido y Nombres.
- Domicilio.
- CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).
Publicado el 14/07/2023
SEGURIDAD SOCIAL
SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL - INCREMENTO
Se fijan nuevos valores del monto del salario mínimo, vital y móvil (SMVM), para trabajadores mensualizados a jornada completa y jornalizados por hora, para el período julio a setiembre 2023.
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, mediante la Resolución (CNEPSMVM) 10/2023 (B.O. 17/07/2023) procede a establecer los valores del salario mínimo, vital y móvil (SMVM), para trabajadores mensualizados, a jornada completa y jornalizados por hora, de acuerdo al nuevo cronograma:
Desde |
Mensual |
Jornalizados por hora |
Julio 2023 |
$ 105.500,00 |
$ 527,50 |
Agosto 2023 |
$ 112.500,00 |
$ 562,50 |
Setiembre 2023 |
$ 118.000,00 |
$ 590,00 |
La misma norma establece los nuevos montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
Desde |
Mínimo |
Máximo |
Julio 2023 |
$ 29.305,00 |
$ 48.841,60 |
Agosto 2023 |
$ 31.294,40 |
$ 52.082,30 |
Setiembre 2023 |
$ 32.771,10 |
$ 54.628,50 |
Vigencia: 17/07/2023
Aplicación: Desde el 1/07/2023
JUBILACIONES Y PENSIONES – FE DE VIDA
Los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino y del Sistema de Pensiones no Contributivas no deberán presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, como así tampoco realizar otro trámite complementario con igual fin.
Mediante Ley 27.721 (B.O. 17/07/2023) se establece que:
- Los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.
- Se modifica el artículo 2° de la Ley 26704, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Art. 2 - Los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del ANSES no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia.
- La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a dictará las normas aclaratorias y complementarias pertinentes.
- Las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio.
Vigencia: 17/07/2023