Memorandum 097-2023
SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE
DATOS BIOMÉTRICOS
Recordamos que, al 31 de agosto del corriente año, todas las personas humanas deben tenerlos registrados
El 31 de agosto vence el plazo para que todas las personas humanas tengan registrados sus datos biométricos a fin de poder operar ante AFIP. La identidad puede validarse mediante la aplicación móvil “Mi AFIP”.
El registro de los datos biométricos es un procedimiento obligatorio destinado facilitar y garantizar la correcta identificación de las características únicas de cada persona. Todas las personas que operen con clave fiscal deben tener sus datos biométricos registrados. Cada contribuyente obligado a registrar sus datos recibe una notificación en su domicilio fiscal electrónico con la fecha límite para cumplir el requisito.
A raíz de las restricciones de circulación que tuvieron lugar debido a la pandemia de Covid-19, se había suspendido esta obligación de registro; un beneficio excepcional que se extendió varias veces. Esta excepción no será prorrogada y los contribuyentes deben registrar sus datos biométricos.
La eximición de registración para las CUIT con terminación 0 al 7 concluyó de forma progresiva de acuerdo al siguiente cronograma:
Terminación de CUIT |
Eximición concluida |
0-1 |
28 de abril de 2023 |
2-3 |
31 de mayo de 2023 |
4-5 |
30 de junio de 2023 |
6-7 |
31 de julio 2023 |
Siendo el 31de agosto de 2023 la fecha donde finaliza la eximición de registración para las CUIT finalizadas en 8 y 9.
REGISTRACIÓN DE DATOS
La identidad puede validarse mediante la aplicación móvil “Mi AFIP”; con este método no es obligatorio acercarse a una dependencia del organismo. Tampoco requiere confirmación ni aceptación de los datos en ninguna otra plataforma o modalidad.
Para realizar el trámite desde la aplicación móvil “Mi AFIP”, se debe ingresar a la opción “Datos Biométricos” y seguir los pasos que indica la aplicación.
Asimismo, quienes hubieran solicitado o blanqueado la clave fiscal desde la app tampoco deberán realizar confirmación ni aceptación de datos. El detalle del procedimiento se encuentra en la guía paso a paso Mi AFIP: ¿Cómo registro mis datos biométricos?
De no poder cumplir con la registración en forma virtual, se podrá realizar el trámite de manera presencial en una dependencia de AFIP, no necesariamente en la agencia donde se encuentra inscripto el contribuyente.
Para ello, se deberá solicitar un turno web para el trámite “Datos biométricos – Registro”. El día del turno se deberá asistir con documento de identidad.
En este caso, para que la registración quede validada, luego de la toma de datos, se deberá ingresar al servicio con clave fiscal “Aceptación de datos biométricos” para confirmar la foto y firma. Si se rechazan los datos registrados en una dependencia de AFIP, se deberá solicitar otro turno para una nueva registración.
La falta cumplimiento de la registración de datos biométricos, más allá de ser una infracción formal, con sus consecuentes sanciones, limitará en un futuro la utilización de los servicios de la página Web de la AFIP.