Memorandum 151-2024

27 de Noviembre

 

IMPUESTO PARA UNA ARGENTINA INCLUSIVA Y SOLIDARIA (PAIS)

PAGO A CUENTA. IMPORTACIÓN DE MERCADERÍAS. ELIMINACIÓN

Se elimina el pago a cuenta del Impuesto PAIS aplicable a las operaciones de importación de mercaderías (incisos b) y e) del artículo 13 bis del Decreto N° 99/19).

La Agencia se Recaudación y Control Aduanero, mediante la Resolución General (ARCA) 5604 (B.O. 26/11/2024), establece lo siguiente:
- Pago a Cuenta del Impuesto PAIS. Derogación (Título II de la Resolución General N° 5.393 -AFIP) para:
a) Operaciones (inciso b) del artículo 13 bis del Decreto N° 99/19 y sus modificatorios): VEINTIOCHO COMA CINCUENTA POR CIENTO (28,50%).
b) Operaciones (inciso e) del artículo 13 bis del Decreto N° 99/19 y sus modificatorios): SIETE COMA CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (7,125%).
-Se derogan también las Resoluciones Generales Nros. 5.464 y 5.559 (AFIP), modificatorias de la Resolución General N° 5393.
Vigencia: 25/11/2024

 

 

 

SEGURIDAD SOCIAL

ASIGNACIONES FAMILIARES

Aplicación de la fórmula de movilidad con el aumento del 2,69%, para el mes de diciembre del año 2024, principales aspectos.

La Administración Nacional de la Seguridad Social establece mediante su resolución (ANSeS) 1124/2024 (B.O. 26/11/2024) el incremento de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, será equivalente a dos con sesenta y nueve centésimos por ciento (2,69%), que se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos en los Anexos mencionados en el artículo 2° de la Resolución ANSES 327/2024.
Los límites, rangos y montos de las asignaciones familiares contempladas en la Ley 24.714, sus complementarias y modificatorias, a partir del mes de diciembre de 2024, están disponible en los Anexos de la presente resolución bajo análisis y estarán disponibles en la Página web del organismo y oportunamente los publicaremos por este medio.
La percepción de un ingreso superior a pesos un millón novecientos doce mil doscientos setenta y siete ($1.912.277)por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto 1667/2012, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos para el grupo familiar que, por aplicación de las normas vigentes,  queda en la suma de pesos tres millones ochocientos veinticuatro mil quinientos cincuenta y cuatro ($3.824.554).
Vigencia: 26/11/2024
Aplicación: a partir del mes de diciembre de 2024

 

 

 

ESTE MEMO CONTIENE INFORMACION DE INTERES GENERAL. NO CONSTITUYE UNA OPINION LEGAL SOBRE ASUNTOS ESPECIFICOS. EN CASO DE SER NECESARIO, DEBERA CONTACTARSE CON EL ESTUDIO.