Memorandum 049-2025
PROCEDIMIENTO FISCAL
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES. NUEVA METODOLOGÍA PARA LA CONFORMACIÓN DE LA NÓMINA DE SUJETOS COMPRENDIDOS
ARCA establece una nueva metodología para la conformación de la nómina de contribuyentes y responsables comprendidos dentro del ámbito de actuación de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, mediante la Resolución General (ARCA) 5670 (B.O. 7/04/2025), establece lo siguiente:
-La Dirección General Impositiva será la encargada de determinar la nómina de contribuyentes y responsables comprendidos en el ámbito de actuación de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, considerando, para ello, los parámetros de segmentación por importancia, sector económico u otras condiciones específicas -tales como obligaciones activas, declaraciones juradas presentadas, volumen de ventas y/o exportaciones, nivel de empleo, movimientos de fondos, operaciones con divisas, tenencias de bienes, vinculaciones comerciales y/o societarias, capacidad operativa de la unidad a cargo de administrar el segmento- que se establezcan en coordinación con las Subdirecciones Generales de Fiscalización y Recaudación.
-La nómina de contribuyentes y responsables prevista en el párrafo precedente se revisará con una periodicidad bienal.
-Cuando razones debidamente fundadas lo justifiquen, la Dirección General Impositiva podrá efectuar incorporaciones fuera del plazo indicado en el párrafo anterior, de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) del total de la nómina, considerando los parámetros de segmentación por importancia, sector económico u otras condiciones específicas a que se refiere el primer párrafo.
-Serán incorporados a la nómina de contribuyentes y responsables comprendidos en el ámbito de actuación de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, desde el momento de cumplimiento de la condición de que se trate, los siguientes sujetos:
a) Los obligados a presentar el “Informe país por país” en los términos de la Resolución General N° 4.130, sus modificatorias y complementarias.
b) Los que hubieran celebrado una “Determinación Conjunta de Precios de Operaciones Internacionales”.
c) Los contribuyentes y responsables pertenecientes a una actividad económica cuya complejidad y especificidad hacen necesario un seguimiento que permita optimizar los niveles de control y servicios necesarios para sostener el cumplimiento voluntario.
Asimismo, serán agenciados en el ámbito de la citada Subdirección General los Vehículos de Proyecto Único (VPU) que posean la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) especial conforme a lo dispuesto (artículo 4° de la Resolución General N° 5.590 y su modificatoria), y las personas jurídicas que se hubieran constituido con el único fin de integrar dichos vehículos de acuerdo con lo precisado (Circular N° CIRAF-2024-1-E-AFIP-ARCA del 19 de noviembre de 2024), desde el momento del otorgamiento de la citada clave especial.
-La incorporación y/o desafectación de contribuyentes y responsables a la nómina aludida (artículo 1°) se formalizará mediante acto administrativo emitido por la Dirección General Impositiva, el que será notificado al Domicilio Fiscal Electrónico o a través de las restantes formas previstas artículo 100 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones).
Vigencia: 7/04/2025
IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES
GANANCIAS PERSONAS HUMANAS Y BIENES PERSONALES WEB. LIQUIDACIÓN ANUAL. PERÍODO FISCAL 2024. PUBLICACIÓN
ARCA publicó los servicios web “Ganancias Personas humanas” y “Bienes Personales web” para la liquidación anual de ambos impuestos correspondientes al período fiscal 2024.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, en su página institucional, publicó los servicios “web” de Ganancias Personas Humanas y Bienes Personales para la liquidación anual de ambos impuestos correspondientes al período fiscal 2024, además publicó las valuaciones de los bienes al 31 de diciembre de 2024 e informaciones complementarias, para la determinación del impuesto sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2024.