Memorandum 050-2025
IMPUESTOS LOCALES (CIUDAD DE BUENOS AIRES)
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. AGENTES DE RECAUDACIÓN. RÉGIMEN GENERAL. MODIFICACIONES
AGIP adecúa, el régimen general de agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante la Resolución (AGIP) 140 (B.O. 7/04/2025), establece lo siguiente:
Cotización de la moneda extranjera.
Cuando se trate de operaciones en moneda extranjera, la conversión a moneda nacional se efectuará sobre la base del tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha en que se practique la retención o percepción.
Monto imponible.
Entiéndase por monto neto sujeto a retención el importe que surge de la liquidación practicada por las entidades luego de deducidos los siguientes montos:
a) Retenciones por impuestos nacionales.
b) Monto contractualmente pactado con el respectivo sistema de tarjeta de crédito y/o compra por su intervención.
c) Propinas, recompensas o gratificaciones abonadas por el consumidor de productos o servicios, canalizadas a través de tarjetas de compra, tarjetas de crédito, tarjetas de débito y similares, siempre que se hallen identificadas y puedan ser desglosadas (Decreto de Necesidad y Urgencia N° 731-PEN/24).
Monto sujeto a retención.
La retención debe aplicarse sobre el monto total del pago realizado, excluidas las propinas, recompensas o gratificaciones abonadas por el consumidor de productos o servicios, efectuadas con la intervención o por medio de una plataforma o sitio web, siempre que se hallen identificadas y puedan ser desglosadas (Decreto de Necesidad y Urgencia N° 731- PEN/24).
Vigencia: 1° de abril de 2025.
PROCEDIMIENTO FISCAL
FACTURA DE CRÉDITO ELECTRÓNICA. MONTO MÍNIMO. ACTUALIZACIÓN
ARCA actualiza el monto mínimo que obliga a las empresas a dar una Factura de Crédito Electrónica.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero informó, a través de la página web, que a partir del 11 de abril se aumenta a $3.958.316 el monto mínimo que obliga a las empresas a expedir una Factura de Crédito Electrónica.
Recordamos que el objetivo principal es el impulso al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Vigencia: 11 de abril de 2025.