Memorandum 061-2025
SEGURIDAD SOCIAL
RIESGOS DEL TRABAJO – ACTUALIZACIÓN MONTO SUMA FIJA FONDO FIDUCIARIO ENFERMEDADES PROFESIONALES.
Se actualiza la suma con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), que abonan los empleadores del régimen general y los dadores de trabajo del Régimen Especial de Casas Particulares.
Mediante la Disposición (GCP) 4/2025 (B.O. 25/04/2025) la Gerencia de Control Prestacional de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo establece la actualización del valor mensual del monto a ingresar por parte los empleadores del Régimen General (Unidades Productivas), y el correspondiente ajuste trimestral para los dadores de trabajo del Régimen Especial de Casas Particulares. Por lo expuesto, el mismo será de Pesos mil trescientos tres ($ 1.303) para el devengado del mes de abril de 2025.
Por lo tanto, la nueva suma determinada en el artículo precedente se abonará a partir del mes de mayo de 2025.
Vigencia: 25/04/2025
Aplicación: a partir del 01/05/2025
REGISTRO DE EMPLEADORES CIUDAD DE BUENOS AIRES – NUEVO PLAZO
La Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prorroga dicho plazo hasta el próximo 17 de mayo de 2025, inclusive.
La Secretaría de Trabajo y Empleo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por medio de la Resolución (STyE CABA) 90/2025 (B.O. CABA 24/04/2025), dispones prorrogar hasta el día 31 de mayo inclusive, el plazo estipulado para que los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, den cumplimiento con la carga de información requerida por el “Registro de Empleadores On line” correspondiente al ejercicio fiscal 2024.
Recordemos que la creación de este “Registro de Empleadores On line”, se dispuso por el Decreto (CABA) 625/2009, el cual estableció que todos los empleadores con domicilio legal o establecimiento localizado en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben cumplimentar obligatoriamente toda la información solicitada por el citado registro entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año.
Vigencia: 24/04/2025
ASIGNACIONES FAMILIARES
Aplicación de la fórmula de movilidad con el aumento del 3,73%, para el mes de mayo del año 2025, principales aspectos.
La Administración Nacional de la Seguridad Social establece mediante su resolución (ANSeS) 212/2025 (B.O. 28/04/2025) el incremento de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, será equivalente a tres con setenta y tres centésimos por ciento (3,73%), que se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos en los Anexos mencionados en el artículo 2° de la Resolución ANSES 327/2024.
Los límites, rangos y montos de las asignaciones familiares contempladas en la Ley 24.714, sus complementarias y modificatorias, a partir del mes de mayo de 2025, están disponible en los Anexos de la presente resolución bajo análisis y estarán disponibles en la Página web del organismo y oportunamente los publicaremos los principales por este medio.
La percepción de un ingreso superior a pesos dos millones ciento ochenta y tres mil novecientos setenta y uno ($2.183.971,00) por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto 1667/2012, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos para el grupo familiar que, por aplicación de las normas vigentes, ascenderá a la suma de pesos cuatro millones trescientos sesenta y siete mil novecientos cuarenta y dos ($4.367.942,00).
Vigencia: 28/04/2025
Aplicación: a partir del mes de mayo de 2025
NUEVAS BASES IMPONIBLES PARA LA SEGURIDAD SOCIAL, NUEVOS MONTOS PARA LAS JUBILACIONES Y PENSIONES: HABERES MÍNIMO Y MÁXIMO A PARTIR DE MAYO DE 2025
La ANSeS establece los nuevos valores para los haberes mínimo y máximo, las bases imponibles mínima y máxima, y los valores de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) que regirán desde mayo de 2025.
La Administración Nacional de la Seguridad Social establece mediante su resolución (ANSeS) 211/2025 (B.O. 28/04/2025) establece, considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor Nacional que publica el INDEC, la movilidad a considerar, la cual es de tres con setenta y tres centésimos por ciento (3,73%), por lo tanto, los nuevos valores a partir del mes de mayo del año 2025 serán:
Haber mínimo garantizado: será pesos doscientos noventa y seis mil cuatrocientos ochenta y uno con setenta y cuatro centavos ($296.481,74).
Haber máximo: será de pesos un millón novecientos noventa y cinco mil cuarenta y uno con cuarenta y siete centavos ($1.995.041,47).
Prestación Básica Universal (PBU): en la suma de pesos ciento treinta y cinco mil seiscientos veintiséis con ochenta y seis centavos ($135.626,86).
Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en la suma de pesos doscientos treinta y siete mil ciento ochenta y cinco con treinta y nueve centavos ($237.185,39)
Bases imponibles establecidas de acuerdo a la Ley 24.241 a los efectos de los aportes y contribuciones para la seguridad social, a partir del devengado mayo de 2025:
-Mínima: de pesos noventa y nueve mil ochocientos cincuenta y cinco con 00/100 ($99.855,00).
-Máxima: de pesos tres millones doscientos cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta con cuarenta y nueve centavos ($3.245.240,49).
Vigencia: 28/04/2025
Aplicación: para el mes de mayo del año 2025